Congreso Constituyente del Estado de México
Libro 1° de 1824. Ramo secreto
Transcripción
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tal que esta lo presentase de nuevo para mañana precisamente. Así quedo acordado.
El Sr. Guerra (D.B.) propuso la duda así estando pendiente esta resolución, se pasaría el Expediente al Gobernador con arreglo al Dictamen aprobado en Sesión Pública se acordó se suspendiera la remisión.
El Sr. Presidente recordó a la Comisión encargada del asunto del Sr. Lazo sobre dictar, su pronto despacho.
El Sr. Guerra (D.B.) expuso que había observando la inexactitud con que se daban el público en el periódico del Sol las sesiones de este Congreso, y que por ellas apenas se podía venir en conocimiento de los asuntos que se trataron.
El Sr. Villa le contesto: que en el periódico del Sol solo salía un extracto, pues las actas originales se imprimían por separado y por ellas podría instruirse mediante el que quisiese.
El Sr. Presidente expuso: que este asunto no era, ni de sesión pública, ni de secreta, pues no era asunto del Congreso.
El Sr. de Castro dijo, no saber que corría (sic.) con la redacción que se da en los periódicos; pero si sabía que se murmuraba mucho de ella, diciendo que se había hecho grangería.
El Sr. Presidente dijo: se preguntase al Congreso si esta indicación se trataría en sesión secreta; y habiéndose acordado que sí, se levantó la sesión.
Firmas y Rúbricas
José Ma. Jáuregui, Presidente
Pedro Valdovinos, Diputado Secretario
Alonso Fernández, Diputado Secretario
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Sesión Secreta ordinaria del 11 de mayo de 1824
Se puso a discusión el dictamen nuevamente redactado por las Comisiones de Justicia y Gobernación sobre las ocurrencias del Ayuntamiento de Acamixtla y Juez de letras de Taxco.
El Sr. Guerra (D.B.) apoyó al Dictamen y dijo haber tenido presente todas las razones vertidas en discusión de ayer y que lo que se proponía en lo más decoroso al Gobernador.
El Sr. Nájera lo apoyo igualmente diciendo quedaban removidos todos los inconscientes y dificultades que se habían ofrecido.
Declarado en estado de votar se leyó el art. 1° que dice así. “Que con la reserva indicada y acompañándose copia de este dictamen, se diga al Gobernador que no pudo decretar gubernativamente el destierro de Barberí según los méritos expuestos.
El Sr. Presidente dijo; estar conforme con el art.; pero los méritos expuestos, para que se vea que la medida es más general y no contraía a este caso previamente, porque el juzgar según los méritos expuestos, era propio de la autoridad judicial.
El Sr. Guerra (D.B.) convino con el Sr. Presidente en la supresión de las últimas palabras, pues los merito quedaban expendidos en el cuerpo del Dictamen.
El Sr. Cortázar: que solo se trataba de una reprensión al Gobernador ya que no se le exija la responsabilidad.
El
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Sr. Presidente contestó que no era reprensión ni podía dársele tal nombre, sino una sobre vigilancia que debe ejercer el Congreso.
El Sr. Fernández que esta convenido como de la Comisión en la supresión indicada, por ser propio del Congreso quede la medida propuesta con más generalidad.
El Sr. Mora convino en que se dé a la proposición la generalidad que se ha propuesto, más que también se diga al gobernador que se ha excedido porque puede estar creído que no ha obrado mal.
El Sr. Fernández dijo: que se consigue el objeto del Sr. Mora por que se le remite copia de todo el Dictamen.
Suficientemente discutido este artículo fue notado, por partes quedando aprobada la 1ª desechada la 2ª.
El Sr. Velasco salvó su voto en cuanto a la 1ª Art. 2°Que las providencias que dicte en lo sucesivo a virtud de sus facultades gubernativas, sean y se entiendan sin ofender las del Poder Judicial y sin entorpecer la administración de justicia que está a cargo de los jueces ordinarios.
Fue aprobado su discusión.
Art 3° Que para remediar prontamente los males que en el caso se han originado, tome las medidas propuestas por la Comisión, si las aprueba el Congreso o las que estime más oportunas y convenientes oyendo previamente al Congreso.
Aprobado sin discusión.
Se leyó la siguiente indicación del Sr. Mora, que se pase a la Tesorería la orden correspondiente para que cada mes se pague por ella a los Diputados de este Congreso lo que les corresponda en dictar, hasta donde alcance.
Su au
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tor expuso, que no era proponer con, sino solo indicación, para que estaba creído que aún no había pasado la (…) de que se trata a la Tesorería.
El Sr. Nájera que es llama (sic.) y no tiene tropiezo en aprobarla.
El Sr. Presidente, que quisiera se substituyeran otras palabras en lugar a decir hasta donde alcance.
El Sr. Mora contesto: que todo lo que propone ya está aprobado, y solo visite en que se pase la orden correspondiente.
El Sr. Fernández propuso: que el dinero sobrante que haya cada mes, se (…) entre los Diputados.
El Sr. Cortázar que no tenía toda la claridad necesaria, para lo cual excito al Sr. Mora.
Este contesto: que la incitación que había presentado, era con arreglo al artículo aprobado que se leyó sobre dietas.
El Sr. Presidente insistió por una de adición o supresión se quiten las palabras, hasta donde alcance por que dan lugar a muchas equivocaciones y en su lugar se pusiere aprobada.
El Sr. Mora propuso la duda de que haría la calificación de la necesidad de los gastos de la Tesorería.
El Sr. Presidente propuso pasare a una Comisión, pues aun sobre la palabra (…). Le ocurre duda sobre algunos señores Diputados como por ejemplo el Sr. Lazo, que está pendiente de lo que resuelva el Congreso, y así podía pasar a la Comisión misma que tiene antecedentes.
El Sr. Mora insistió, en que solo se trata de que se pase la orden, pues todo lo demás trae mil inconvenientes.
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El Sr. Fernández Que todos se salvaban aprobándose la palabra a prorrata.
El Sr. Cásela. Que no debía quedar de ninguna manera al árbitro del Tesorero el pagar las dietas, pues ni por fortuna el actual es sujeto de toda confianza, y alejaba sin todo recelo en este punto, no por esto debía quedar a su arbitrio, y concluyó pidiendo pasase a Comisión.
Puesta a votación, quedó aprobada con la expresión a prorrata, antes de las palabras hasta donde alcance.
Se levantó la sesión
Firmas y Rúbricas
José Ma. Jáuregui, Presidente
Alonso Fernández, Diputado Secretario
Pedro Valdovinos, Diputado Secretario
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Sesión secreta ordinaria de 13 de mayo de 1824
Se leyó na representación del Ayuntamiento de Acamixtla quejándose de los procedimientos del juez de Taxco por haber preso al ciudadano Tener que decían ser su apoderado.
El Sr. Presidente dijo: que se dé cuenta en sesión pública.
El Sr. Nájera que se devuelva; pero conformándose en seguida con la opinión del Sr. Presidente, se preguntó si se reservaría para la de mañana, ya no sé acordó.
El Sr. Velasco hizo moción para que se tratará el asunto del Gobernador. No se admitió.
El Sr. Guerra (D. B.) dijo: que al efecto hará proposición.
El Sr. Cortázar: que su Señoría la hará en sesión pública.
Recordó el Sr. Presidente a la Comisión el asunto del Sr. Lazo; y se levantó la sesión.
Firmas y Rúbricas
José Ma. Jáuregui, Presidente
Pedro Valdovinos, Diputado Secretario
Alonso Fernández, Diputado Secretario
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Sesión Secreta ordinaria del día 17 de mayo de 1824
Después de leídas y aprobadas sucesivamente las actas de los días 10, 11 y 13, el Sr. Guerra (D. Francisco)como presidente de la Comisión de Instrucción pública, expuso que esta ya tenía despachado su Dictamen en el Expediente que se ha formado sobre libros prohibidos, para darse cuenta en sesión pública como se mandó últimamente; pero por lo que pudiera importar hacia presente en esta sesión que el Gobernador había padecido un equivoco con respecto a la orden del Ministro comunicada a la Audiencia, pues esta se centrará a pedir un ejemplar de cada una de las obras que se tenían por sospechosas; y no a prevenir su atención, como aseguraba el mismo gobernador.
A propuesta del Sr. Fernández se leyeron ambos oficios, y concluida su lectura dijo el Sr. Nájera, que, si el Gobernador se ha equivocado, debe advertírsele para que deponga otra equivocación.
El Sr. Guerra contesto: que ya estaba desengañado.
El Sr. Mora dijo: que, aunque el gobierno solo haya pedido un ejemplar, de cada obra, ha sido un ataque, aunque pequeño a la propiedad, porque debía haber comprado otras obras y no pedirlas, pues que no hay ley sobre el particular, sino un Departamento dado en tiempo de Iturbide.
El Sr, Presidente contestó: que en ley vigente puesto que no está derogada y el Congreso debía atender a los efectos que pudiera producir.
El P. Cortázar expuso: que el asunto aún no está decidido a que
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toca si a este Congreso o al general.
El Sr. Presidente contestó que esto resultará de la sesión pública que es donde debe tratarse este asunto puesto que ya el Congreso está enterado de la advertencia que ha hecho el Sr. Guerra.
Así quedo acordado y se levantó la sesión.
Firmas y Rúbricas
José Ma. Jáuregui, Presidente
Pedro Valdovinos, Diputado Secretario
Alonso Fernández, Diputado Secretario
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Sesión secreta ordinaria del día 20 de mayo de 1824
Leída y aprobada el acta del día 17 el Sr. Guerra (D.B.) expuso: que en su concepto debía borrarse el rotulon que se había puesto a la entrada del Salón de Sesiones que decía que la soberanía reside radical y esencialmente a la Nación.
El Sr. Presidente y demás señores de la Comisión expusieron que no había sido de su orden.
El Sr. Guerra /D. Francisco, advirtió que era artículo expreso en el acta constitutiva en la primera parte del artículo 3°.
El Sr. Nájera fundo que debía borrarse, sin embargo, de constar en el acta constitutiva.
El Sr. Guerra (D.B.) insistió en que debe borrarse, pues, aunque conste en el acta ya se ha desechado en la Constitución.
El Sr. Villaverde propuso que podía reformarse, porque (…) le parecía conveniente que constara en este mismo edificio en que semejante máxima fue condenada como herejía.
El Sr. Presidente dijo: que lo que convenía era, darle a este principio su verdadero sentido, pues a él se debía la revolución de España, y de consiguiente la Independencia y libertad de Nación.
El Sr. Valdovinos dijo: que este asunto no le parecía que era de sesión secreta y después de una corta discusión entre los señores Villaverde, Mora y Fernández, quedo este punto sin resolver.
El Sr. Mora expuso que se tratase en sesión secreta lo relativo a la proposición aprobada ayer sobre el Presupuesto de la obra del Edificio.
El Sr. Nájera se opuso diciendo, no había motivo para tratarse en secreto.
El Sr. Presidente que se lo había; y después de una corta
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discusión, quedo acordado se trata en sesión secreta.
En seguida expuso el Sr. Fernández la sinceridad de los motivos que tuvo para firmar la proposición aprobada y concluyo diciendo, que con esta medida ya tendría una regla fija la Comisión que entiende en este asunto, y por otro lado podría saberse sí había o no algún dinero que destinar a las dietas de los señores Diputados, cuyo objeto es preferente a algunos gastos que solo son de puro lujo.
El Sr. Mora dijo: que en efecto podrían omitirse muchos gastos hasta que la caja se halle desahogada, pues en el día no hay con que cubrir los más precisos y mucho más teniendo que pagar desde este mes todos los sueldos y gastos de la Secretaría del Gobernador, y a los Diputados que debía atendérseles por el decoro del mismo Congreso.
Después de una muy detenida discusión ente los señores Presidente, Nájera. Mora, Fernández, Guerra (D.B.) y Villa propuso el mismo Sr. Presidente que se fijase la cuestión.
El Sr. Villa hizo la siguiente Proposición, que presente la Comisión una noticia en grande de los gastos hechos; y otra detallada de los que faltan que hacer para que el Congreso los apruebe o repruebe.
El Sr. Nájera dijo: que era la misma que ayer se había aprobado.
El Sr. Presidente: que no era sino muy distinta, pues la Comisión se hallaba embarazada porque en la de ayer se había mandado el que la otra no se suspendiera, a lo que no podía darse cumplimiento mientras el Congreso no aprobase el Presupuesto.
El Sr. Nájera contestó que dos partes tenía la proposición la una pedir noticia de los gastos hechos, y las otras que se presente el presupuesto; y que estas mismas dos partes con
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tiene la de ayer, pues lo demás de no suspender la obra, fue adición del Sr. Presidente.
Admitida otra proposición pidió el Sr. Mora que se leyese el presupuesto.
El Sr. Presidente dijo: que era muy indecoroso a la Comisión el Consultar al Congreso a cada paso para unir partidas de friolera: que esto perecía desconfianza, y que por tanto la reprobaba.
El Sr. Villa expuso, que había hecho en virtud de haberse aprobado la de ayer.
El Sr. Mora dijo: que la Comisión no debía obrar sin sujeción al Congreso y que además era muy difícil el que todos los señores de la Comisión se convencieran, pues lo que a unos parecía bien, a otros les parecía mal, y los que unos tenían por un gasto superfluo, otros lo tenían por de (sic.)necesidad, de modo que no había dos iguales, y por esta razón estaban convenidos días pasados consultar al Congreso.
Suficientemente discutida, fue aprobada la proposición y en seguida se leyó el presupuesto que es como sigue.
Presupuesto de las cantidades que prudencialmente se necesitan para concluir la obra del edificio destinado al Congreso de este Estado= Se han gastado hasta ahora 1752 pesos=4-3 en la obra de albañilería, pintura, herrero y carpintero, siendo de advertir que aún faltan que liquidar variar en estas que están pendientes por lo que creemos que el total gasto hasta ahora deberá ser de 2.300 pesos se han gastado en la sillería para el Congreso 380 pesos ministrados a Don Manuel Población. Ytem. 32 pesos por 3 dos de sillas de paja. - Yt. 300 pesos pagado al sastre por
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la Alfombra y Cortinas de las ventanas=Yt. 150 pesos de un reloj para el salón =Yt 160 de un crucifico de metal dorado. Yt188 de dos tinteros de plata para la mesa de preposiciones. Yt. Un dosel de terciopelo carmesí con galones y fajas de oro, una cubierta de mesa (…) cojín y una carpeta de paño verde1,200 pesos Yt por pintar la sala en el (…) 100 pesos. Yt. Por blanquear el frontispicio de toda la casa 60 pesos.
El Sr. Guerra (D.B.) pidió que se tomase ahora mismo en consideración; y habiéndose acordado así que se puesto a discusión la primera partida de los que aún falta que hacer y esta siguiente.
Ytem. 159 pesos de un reloj para el salón. El Sr. Guerra (D.B.) pidió que se buscase otro más cómodo, lo mismo fijo el Sr. Mora. La partida fue aprobada y se pasó a la siguiente Ytem. 160 pesos de un crucifico de metal dorado. Aprobado sin discusión.
Ytem 168 pesos de tinteros de plata para la Mesa de proposiciones.
El Sr. Cotero dijo que esto le parecía Almoneda y muy indecoroso al Congreso, el cual debía aprobar o desaprobar el presupuesto sin meterse a los pormenores que contiene.
El Sr. Fernández que sería eludir las dos proposiciones aprobadas.
El Sr. Villa que otros tinteros no eran para la mesa de proposiciones, sino para los secretarios, pues los que estos tienen eran prestados.
La partida fue aprobada y separo a la que sigue,
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Ytem un Dotel de terciopelo carmesí con galones y traspiés de oro, una cubierta de mesa de té y de un cojín y una carpeta de paño verde 1,200 pesos.
El Sr. Guerra (D.B.), que se modere este gasto.
El Sr. Mora expuso no haber dinero con que comprar otro Dosel, aunque por otro lado convenía en que era barato.
El Sr. Mariano de Castro: que se pida si falta dinero a la Tesorería General.
Después de una corta discusión es entre los señores Nájera Fernández y Villa, quedó aprobada la Partida.
Ytem. Por pintar la sala en el todo 100 pesos. Aprobada sin discusión. Ytem por blanquear el frontispicio de toda la casa 60 pesos.
El Sr. Nájera se opuso a esta partida, diciendo: que no solo era inútil este gasto, sino perjudicial, porque con las aguas se caería la cal y quedaría más feo, porque siendo de tezontle (costriado), no recibía bien la cal.
El Sr. Fernández convino en lo mismo.
El Sr Villaverde: que solo debían blanquearse las cornisas y Mochetas y no lo demás. Así quedo aprobado y se levantó la Sesión.
Firmas y Rúbricas
José Ma. Jáuregui, Presidente
Pedro Valdovinos, Diputado Secretario
Alonso Fernández, Diputado Secretario
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Sesión secreta extraordinaria de 22 de mayo de 1824
Se leyó el dictamen de la Comisión encargada de fijar las dietas de los señores Diputados sobre las que corresponden al Sr. Lazo de la Vega reducido a la siguiente proposición. Que dicho el Sr. Lazo con presencia del Decreto de la materia; y sin previa resolución del Congreso, diga en la Tesorería la cantidad que le corresponde de dietas. Se reservó su discusión para el lunes.
Se dio cuenta con un oficio del Gobernador en que contestando es recibo del acuerdo de este Congreso sobre las ocurrencias del pueblo Acamixtla con el Ciudadano Barberi y Juez de Letras de Taxco, expone varias razones en virtud de las cuales concluye pidiendo la revocación de dicho acuerdo por ser de justicia y con arreglo a la ley. Se mandó pasar a las Comisiones de justicia y gobernación.
En seguida se dio cuenta con una representación del ciudadano Arévalo quejándose de los procedimientos del gobernador y pidiendo se le exija la responsabilidad por las infracciones de ley que dice haber cometido.
El Sr. Presidente expuso: que debía darse cuenta con dicha queja en sesión pública.
El Sr. Cortázar: que era de sesión secreta por ser (casado) Arévalo
El Sr. Presidente: que,
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aunque sea casado y se trate de amancebamiento, habiéndose hecho público, debía tratarse en sesión pública.
El Sr. Mora: que debía verse en Secreta y darse algún paso previo como se ha hecho otra vez.
El Sr. Nájera: que debía tratarse en secreto por que en el día todo es nuevo y estando al constituirnos, convenía más que nunca el sostener y no desacreditar a las Autoridades: que, por otro lado, la queja no venía fundada, y por tanto debía pasar una Comisión.
El Sr. Presidente contesto: que el Congreso no es conciliador porque así decaerla de su autoridad que se debe manejar con rectitud declarando si hay o no lugar a la formación de causa, como ha expuesto en otro asunto el mismo gobernador.
El Sr. Mora pidió se suspendiera tratar para otro día este negocio.
Habiéndose preguntado sí se trataría en sesión secreta, resulto empatada la votación y seguir la discusión.
El Sr. Nájera dijo: que caería en desprecio el Gobernador y todos los que juzgasen ofendidos por algunas de sus providencias querían exigirle la responsabilidad.
El Sr. Presidente contestó: que el Congreso sería el que se desacreditaría con estas condescendencias, porque la parte nada sabe de por qué nada ve en las actas, y culparía al Congreso: que lo que importaba era que se viera que obraba en justicia.
El Sr. Fernández: que no es la primera queja contra el Gobernador y creería el público que el Congreso se dormía o
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no hacía aprecio de las quejas.
El Sr. Guerra (D.B.) pidió fuese pública, como lo han sido los hechos que se refieren.
El Sr, Mora insistió en que pase a la Comisión, porque de lo contrario resultarían mayores inconvenientes estando al constituirnos.
El Sr. Martínez de Castro contestó: que declarar si hay o no lugar a la formación de causa, no era chocar con el Gobernador porque a este se le había de oír lo que tuviera que exponer en el caso que el interesado se hallaba en la cárcel y debía resolverse pronto este asunto.
El Sr. Cortázar: que pase a una Comisión, y ella dirá se ha de tratar en público o secreto; pues el mismo ha experimentado los daños que causa la publicidad de estas quejas, para que este en desprecio la autoridad y nadie la obedece.
El Sr. Villaverde dijo: que, si el interesado está en la cárcel, lo más violento es que desde ahora pase a la Comisión, pues si se da cuenta en sesión pública no puede ser hasta el lunes, con lo que se demora dos días más la resolución; y la Comisión dirá si con su dictamen se ha de dar cuenta en sesión secreta o pública.
El Sr. Presidente contesto: que pasando a la Comisión no se lograba el fin, de que el público y el interesado vieran que se tomaba en consideración: que la representación se hallaba en la Secretaria desde el miércoles, y el reo que se hallaba en prisión estaría desesperado.
El Sr. Villaverde replicó: que se prolongaba dos
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más si se declaraba de sesión pública, los mismos que se adelantaban pasando ahora.
El Sr. Cásela: que lo primero que debía declararse era sí es o no de sesión secreta antes de pasar a la Comisión; y habiéndose preguntado al Congreso, quedo acordado ser de sesión secreta.
El Sr. Mora pidió pasase a otra Comisión distinta de la que dio el Dictamen sobre Barberi para que no se le arguya de parcialidad.
El Sr. Martínez de Castro: que esta nota recaería en todo el Congreso, que es en aprobó el dictamen de la Comisión.
El Sr. Cortázar pidió se nombrará una Comisión especial, la que fue nombrada por el Sr. Presidente designado para ella a los señores Martínez de Castro, Lazo de la Vega, Guerra, Villaverde, Fernández y Cásela.
Se levantó la sesión.
Firmas y Rúbricas
José Ma. Jáuregui, Presidente
Pedro Valdovinos, Diputado secretario
Alonso Fernández, Diputado Secretario
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Sesión secreta ordinaria del 24 de mayo de 1824
Leídas y aprobadas las actas de los días 20 y 22 se leyó el dictamen de la Comisión especial recaído sobre la queja elevada por el ciudadano Arévalo contra el gobernador del Estado e igualmente leyó el Sr. Cásela su voto particular sobre el mismo asunto.
Preguntado al Congreso si se entraría desde luego a la discusión de este asunto, se acordó que sí y fue puesto a discusión el Dictamen general.
El Sr. Fernández lo apoyó debatiendo las razones en que es Sr. Cásela se había apoyado para separarse de la Comisión advirtiendo la diferencia que hay entre un Diputado y un particular cuando ambos piden la responsabilidad de un funcionario público; y concluyó diciendo que, por el simple dicho de un particular, no podía imponérsele una pena tan grande al gobernador, como era la suspensión del empleo que era consiguiente a la declaración de haber lugar a la formación de causas.
El Sr. Guerra (D.B.) apoyo todo lo expuesto por el Sr. Fernández; pero dijo que la Comisión no debía (…) hasta que la queja estuviera fundada en los documentos que las partes le presentaran ocurriendo a ella y en virtud de los cuales, la comisión debía decir si ha o no lugar a la formación
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de causa.
El Sr. Nájera dijo: que la comisión ha dicho bien en que la queja debe fundarse, pues de lo contrario si ante ella hubiesen de deducirse y justificarse los cargos, se convertiría en Juez o en Tribunal, y en tal caso debía correrse el traslado al Gobernador lo cual era un absurdo; y en cuanto a la deposición del Gobernador, expuso que esto no se podía hacer sin oírlo, aun cuando la queja viniera fundada.
El Sr. Cásela dijo: que estaba muy expreso y terminante el artículo 15, de la ley de responsabilidades que previene se funde la queja: que una cosa era fundar, y otra muy distinta comprobar: que en el caso presente, la queja venía fundada, y nada menor que en las infracciones de ley de que se acusaba al Gobernador: añadió, que para la declaración de haber lugar a la formación de causa, no se requerían pruebas, pues que estas se deban después que se abría el juicio; y concluyó diciendo que no había ley alguna que impusiera tal cargo de comprobar al acusador, por lo que insistió en su voto particular.
El Sr. Mora contestó: que el fundar se entiende legalmente pues de lo contrario se estaría suspendiendo a cada rato a los funcionarios públicos por el antojo de los acusadores: en asunto a citar a las partes dijo: que, en ninguna suerte, pues sería hacerse Tribunal, y el asunto no era judicial: que el declarar si hay o no lugar a la formación de causa lo que quiera decir es que los documentos presentados dan o no probabilidad para ello: que si se le citan ejemplares, también el podrá
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citar otros en contra como por ejemplo el Juicio de Jurados en que estos declaran si ha o no lugar a la formación de causa en vista del impreso sin citación de parte, pues aún se ignora quien es; por todo lo cual concluyó aprobando el dictamen.
El Sr. Cásela depuso que él no ha dicho que a la parte se le pidan por fuerza los documentos, ni que la comisión se exija en tribunal, pero que sí se informe en lo extrajudicial y pida los documentos a la parte, si esta los tiene y quiere darlos como se supone.
El Sr. Fernández dijo: Que el Congreso debe estar convencido de que el caso presente en el mismo que el de los Jurados, que, en vista de un impreso y la acusación, declaran si ha o no lugar a la formación de causa; pues de la misma suerte bastaría la acusación de Arévalo con tal que viniera documentada.
El Sr. Guerra (D.B.) leyó el art. 17 y dijo que Arévalo estaba en el caso de pedir una información para fundar con ella su queja, y aún estaba autorizado por la ley para apelar a la Audiencia en caso de remitir los (…) inferiores a la información.
El Sr. Villaverde dijo: que la queja debe documentarse porque para fundarla debe ser en los documentos: leyó el art. 117, del reglamento interior del Congreso general que previene que, si algún Diputado pidiere la responsabilidad de alguno de los Secretarios, presente los documentos en que apoya su proposición y concluyó diciendo, que, si esto se exige un Diputado, con mayor razón a un particular, porque si se declara que ha lugar de la formación de causa debe quedar (suspenso) el gobernador.
Preguntado si el asunto estaba suficientemente discu
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tido, resulto que sí, y en seguida que había lugar a votar, por lo que se leyó la primera proposición que dice así.
1ª Que se devuelva este ocurso a la parte representante para que funde conforme previene el artículo 15 del Decreto de responsabilidades.
El Sr. Tamariz expuso: que no puede entenderse el artículo 15, sino con relación al 16 que hace distinción de cuando un Diputado pide la responsabilidad a cuando la pide un particular: que en el primer caso la Comisión debía instruir el expediente y no cuando es un particular el cual debe presentar la documentada.
El Sr. Mora: que lo había prevenido el Sr. Tamariz que la queja debe venir documentada y fundada; pero en el expediente que se instruye, no se deber ser a la parte.
El Sr. Nájera se opuso al artículo, porque dijo que no se debe mandar a la parte que funde su queja, sino devolverse la por no venir fundada. Lo mismo dijo el Sr. Cortázar.
El Sr. Fernández dijo: que como de la Comisión adoptaba el que se vuelva a la parte para no venir documentada.
El Sr. Presidente expuso que esto mismo se lea en sesión púbica; pues le parecía de absoluta necesidad, tanto porque así conviene a la parte como al Gobernador y además sería muy conveniente que también por la utilidad que de ello resultaría; pues el Gobernador obrará con más circunspección.
El Sr. Cortázar dijo: que la Secretaría no debe ad
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mitir el ocurso de esta clase que no venga fundado.
El Sr. Nájera: que se extraviaba la cuestión, pues no se trataba ahora de otra cosa que del artículo en cuestión.
El Sr. Cásela: que debía darse cuenta en Sesión pública y este debía ser el primer artículo como él lo propone en su voto particular que leyó.
El Sr. Villaverde: que convenía en que fuera en Sesión pública como este puesto en el 2° art. del Dictamen.
Suficientemente discutido, fue aprobado el artículo redactado como pidió el Sr. Nájera y de paso al siguiente.
Art. 2° Que, si lo volviese a presentar con el requisito expresado en el artículo anterior, se de esta con el del Congreso en sesión pública.
El Sr. Nájera dijo: que el artículo era enteramente inútil porque no tenía objeto, y el Congreso no podía determinar desde (…) para un futuro contingente y mucho menos no sabiendo en qué términos vendrá la queja / si acaso vuelve y por tanto reprobada el artículo.
El Sr. Fernández contestó: que el artículo se había puesto por cuanto estaba mandado que este asunto fuera de sesión secreta.
El artículo fue reprobado y se leyó el 3° que dice.
Art. 3° Que en la misma sesión pública nombre el Congreso la Comisión que conforme al artículo 16 del citado Diputado haya de dictaminar si hizo o no lugar a la formación de causa, previo el expediente instructivo que al efecto debe formarse.
El Sr. Nájera dijo: que, si el artículo anterior era inútil, este con más razón, pues en tal caso bastaría que la
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Comisión dijera si había lugar a la formación de causa para que al gobernador se debe ver como a los Secretarios del Gobierno.
El Sr. Fernández: que no hay mas ley sobre el particular que la de responsabilidades y en esta nada se previene en cuanto a los trámites que en las causas de los Secretarios al Despacho ha expuesto el Sr. Preopinante, por lo que debía estarse a lo que diga la Comisión sin (…) Gobernador.
El Sr. Villaverde dijo: que reprobado el artículo anterior ya no tenía lugar este otro, y solo lo tendría en el reglamento.
El Sr. Presidente: que si acaso volvía la queja documentada ya entonces se vería lo que se hacía pero que por ahora no tenía lugar el artículo. La Comisión convino en retirarlo.
El Sr. Presidente hizo la moción de que, en la Sesión pública de mañana, se dé cuenta para que conste en el acta la resolución que ha tomado el Congreso en este asunto.
Tomada en consideración dijo el Sr. Cortázar que encontraba el inconveniente de que el público supiere que un asunto como este que era de sesión pública, se hubiera tratado en Sesión secreta.
El Sr. Presidente contestó que mayor inconveniente resultaba de que se quedaré en secreto.
El Sr. Guerra (D. B) expuso: que bastaba la duda que había tenido el Congreso para salvar su crédito por haberse tratado en secreto.
La moción fue aprobada.
El Sr. Mora pidió se despache el expediente promovido
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por el Sr. Lazo de la Vega sobre sus Dietas y cuya discusión estaba señalada para hoy. En efecto, después de haberse retirado el interesado, se puso a discusión el Dictamen de la Comisión reducido a la siguiente proposición.
Que el Sr. Lazo con presencia del Decreto de la (…) y sin previa resolución del Congreso diga en la Tesorería la cantidad que le corresponde de dietas.
El Sr. Presidente dijo: que estaba por el artículo; pero quisiera que se hiciera extensivo a los demás Diputados que se hallen en el mismo caso.
El Sr. Cortázar expuso: que al Sr. Lazo no se le sacaba de la duda, pues este dejaba en pie la Comisión sin dar resolución.
El Sr. Mora: que la Comisión debe resolver dudas de las partes.
El Sr. Guerra (D.B) que la Comisión debía resolver lo que le pareciera junto, fuera en favor o en contra de cualquier particular o Diputado.
El Sr. Mora contestó: que el parecer de la Comisión que se discute, en que no debe darse resolución.
El Sr. Villaverde expuso: que ya el Congreso ponía a cubierto al Sr. Lazo, pues él había cumplido con hacer su consulta y manifestar su duda: que dicho Sr. Lazo era demasiado escrupuloso y se arreglaría a su conciencia
El dictamen fue aprobado, y se levantó la sesión.
Firmas y Rúbricas
Joaquín Ma. Jáuregui, Presidente
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Pedro Valdovinos, Diputado Secretario
Alonso Fernández, Diputado Secretario
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Sesión secreta de reglamento del día 28 de mayo de 1824
El Sr. Cortázar expuso que había pedido esta sesión para que se volviera a leer el dictamen y resolución del Congreso que recayó en el asunto del Sr. Pedraza y habiéndose leído uno y otro, pidió el mismo Sr. se preguntase al Congreso si ya era tiempo, de tratar de este asunto. Enseguida se preguntó al Congreso y se acordó que no.
El Sr. Nájera pidió que se fijase día para tratar de este asunto, a cuyo fin hizo la siguiente proposición.
Pido que se fije día para tratar del asunto del Sr. Gómez Pedraza. Su autor la apoyó en que cuando se estableció la plaza para que fue nombrado el Sr. Gómez Pedraza, se juzgó necesaria y esto se desmentía con dejar correr tanto tiempo, sin que la sirviera, por lo cual se creería que era innecesaria la de gobernador o de Teniente y concluyo diciendo, que era un escandalo el que en tanto tiempo no se hubiera tomado resolución en este asunto.
El Sr. Villa contestó: que, si este asunto se ha demorado, ha sido porque el Gobierno ha demorado la causa del Sr. Pedraza lo que en su concepto se comprobaba con el oficio original que leyó del comandante general de este Estado de Ignacio Mora.
El Sr. Guerra (D.B.) dijo: que por las mismas razones expuestas era tanto más urgente el tratar este asunto, pues
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mientras más tiempo se pase, serán mayores los inconvenientes.
El Sr. Nájera: que a nosotros no nos tocaba el averiguar si el Gobierno está o no empeñado en que no sea Gobernador el Sr. Pedraza; pero lo que sí nos toca es el bien del Estado; y si hay empeño por el gobierno se retardara más tiempo su casusa y de consiguiente el mal del Estado.
El Sr. Figueroa reclamó el orden porque dijo que ahora solo, se debía tratar de fijar día para que se trate este asunto.
El Sr. Mora dijo: que el prescindía de lo expuesto por el Sr. Villa en cuanto al Gobierno; pero si el Congreso cede en esta parte nunca tendremos Gobernador, porque no faltarán medios indirectos para removerlo, y sobre lo expuesto por otro Señor preopinante de que se juzgaría innecesaria esta plaza, dijo que mal podía creerse así, cuando esta desempeñada por un Teniente que es puntualmente el fin con que se nombró de que ejerciera a falta del gobernador como ha sucedido.
El Sr. Velasco expuso; que habiéndose pasado el tiempo que pidió el Sr. Márquez para curarse, sabía que se le había repetido la orden para que pase a cumplir su comisión y de consiguiente podría suceder que de un día a otro nos quedáremos sin Gobernador y sin teniente por lo que debía tratarse lo más pronto este asunto.
El Sr. Villaverde contesto: que, aunque se haya repetido la orden del Gobierno al Sr. Múzquiz, como quiera que aún subsiste el impedimento que ha manifestado se hallase enfermo en términos de no poder caminar, esta salvado, pero está el temor del Sr. Velasco. En cuanto a lo que ha dicho otro Sr.
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Preopinante, de que es un escándalo que aún no se halla determinado de este asunto, dijo que mayor escándalo era el que se estuviera tratando ahora de esta materia, cuando acababa el Congreso de acordar que no se trate.
El Sr. Cortázar: que el asunto era urgente, y que el Sr. Pedraza aún no había contestado si se quedaba aquí o en Puebla.
El Sr. Mora contesto largamente, y habiendo vuelto a pedir la palabra el Sr. Cortázar, el Sr. Valdovinos reclamó el orden diciendo que la cuestión debía ceñirse precisamente así se ha de fijar o no día para tratarse de este asunto y no tratar del mismo como se está haciendo contra lo que acata de resolver el Congreso.
El Sr. Presidente dijo: lo había prevenido el Sr. Preopinante y que él estaba por que se fijase día, pues la misma discusión advertía el empeño que lo (más) señores tenían de tratar de este asunto, el cual no debía tratarse ahora, sino el día que se fije.
El Sr. Mora expuso: que la proposición era vaga, que fijaba la materia que se había de tratar.
El Sr. Nájera contestó que la materia que debía tratarse era el punto pendiente de si se admite o no la renuncia del Sr. Pedraza.
El Sr. Guerra(D.B.) que para esto está abierto el Dictamen de la Comisión y que esta diría si ya era tiempo de tratarse este asunto.
El Sr. Mora expuso que la Comisión no debía volver a abrir nuevo Dictamen.
Preguntado si estaba suficientemente discutida
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la proposición del Sr. Nájera, fue desechada, y se levantó la sesión.
Firmas y Rúbricas
José Ma. de Jáuregui, Presidente
Pedro Valdovinos, Diputado Secretario
Alonso Fernández, Diputado Secretario
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Sesión secreta ordinaria del día 30 de mayo de 1824
Leídas aprobadas las actas de los días 24 y 28 se leyó el Dictamen de las Comisiones unidas de Gobernación y legislación sobre la exposición del Gobernador en que reclama lo acordado por el Congreso acerca de los acontecimientos del Ayuntamiento de Acamixtla, ciudad Barberi y juez territorial de Taxco, como igualmente el voto particular del Sr. Guerra (D.B.) en el punto en que se separó de la Comisión, reducido a que aprobado por el Congreso otro dictamen, se le pase copia de el al Gobernador, para que vea los fundamentos del mismo Dictamen y desvanecidos los de su reclamo. Se reservó para el jueves.
En seguida manifestó el Sr. Presidente que habiéndose jugado un reo antes de anoche de las cárceles de la Inquisición, y habiéndose hallado las sogas por azotea de la casa del Sr. García Conde, el oficial que estaba de guardia se había llevado presos al Portero y Mozo de (…) de este Congreso sin dar el menor aviso está el día, ni al Congreso ni al Presidente, sobre lo que no había querido reclamar, ni tomar providencia alguna por si, huyendo la precipitación de su genio que había reprimido hasta resultar el Congreso: que el Sr. Mora en lo extrajudicial había reclamado, y por esto los Dependientes presos se habían entregado a la Guardia de este Congreso en donde seguían arrestados; y concluyó diciendo, que en su concepto esto era un atentado que se debía reclamar.
El Sr. Mora dijo: que en efecto él había advertido en confían
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za al oficial de guardia que los presos eran dependientes de este Congreso, quien debía reclamarlos; y expuso que era muy extraño el que un militar se metiera a aprender a nadie por sí, sin orden del Juez alguno.
El Sr. Fernández manifestó: que cuando dentro del edificio del Congreso se comete algún delito, conforme al reglamento interior, toca a la Comisión de Policía la detención del reo y formar la sumaria, pero en cuanto al modo no sabe si deberá ser con escribano o de alguna otra manera.
El Sr. Presidente expuso: que lo que principalmente debía reclamarse, era la tropelía con que se había hecho la prisión allanando el Edificio de este Congreso, y sin dar parte alguno después de haber pasado cuarenta horas; y repitió que solo por consultar al Congreso se había detenido en hacer reclamo.
El Sr. Fernández éxito a los Señores Diputados Militares para que dijeran si con arreglo u ordenanza estaba el oficial de guardia autorizado para hacer lo que hizo.
El Sr. Cortázar: que no se debe reclamar, hasta no averiguar si el oficial debió avisar o no: que en las Cortes de España solo vio una ocasión un juicio verbal de uno que sacó para otro un puñal en las Galerías, y el Presidente lo mando a un juez.
El Sr. Nájera: que ha sido un exceso del oficial en no haber dado aviso; pero que una ver que ya se han entregado los Porteros y están ejerciendo sus oficios, que se desentienda el Congreso, o que reclame el Capitán general la falta del oficial.
El Sr. Piedras dijo: que el oficial faltó a su obligación, porque no debió allanar el edificio.
El Sr. Fernández
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que no podía decirse se había allanado la casa porque había sido todo del mismo edificio.
El Sr Presidente: que en efecto es así, pues por hallarse los Porteros dentro del edificio, se procedió contra ellos como sospechosos.
El Sr. Figueroa: que fue con abuso del oficial, al cual debe reprenderlo o castigarlo el Capitán general a quien debe darse la queja por conducto del Gobernador.
El Sr. Villaverde dijo: que la cuestión debía reducirse así debe o no reclamarse, y así hubo o no falta en el oficial; que la falta de contado la hubo, porque con la casa del Sr. García condeno se metió para nada, siendo así que por allá estaban las sogas y esto inducía mayor sospecha, de consiguiente debe reclamarse del modo que ha dicho el Sr. Figueroa, dándose por quejoso este Congreso.
El Sr. Mariano de Castro dijo: que en si concepto también era culpable el oficial de cívicos, para haber entregado a los Porteros.
El Sr. Figueroa: que en efecto fue culpable, porque antes de permitir que se los llevaran, debió haber dado parte.
El sr. Presidente dijo: que le había dado parte de lo acaecido, al día siguiente.
El Sr. Guerra (D.B.) dijo que los Porteros no están en libertad como se ha dicho, sino que permanecen arrestados.
El Sr. Presidente hizo por escrito las siguientes indicaciones. Que se oficie por el gobernador al Capitán general sobre el exceso del oficial de la Guardia de las cárceles.
2ª. Que reforme la sumaria de reglamento, y se pase donde correspondida.
Las fundo su autor diciendo: que de la sumaría aparecerá la
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inocencia de los Porteros, pues esta creído de que el mismo oficio de Guardia se proporcionó la fuga al reo, porque por la tarde los movió a la azotea donde anduviera puntos.
Puesta a votación la 1ª, quedo aprobada y en cuanto a la 2ª dijo el Sr. Nájera: que se oponía a ella por cuanto no estábamos en el caso del artículo del Reglamento: que sería hacer una declaración a él, pues en tal caso la sumaría no debía ser judicial y en esto no estaba en el orden.
El Sr. Presidente contestó: que nada tenía de extraño el que la Sumaría no fuera judicial, sino instructiva del hecho, pues de otro modo no se podía remitir a ningún reo sin sumaría y concluyó diciendo: que no insistía en que se aprobara en la segunda indicación.
El Sr. Nájera; que la sumaría supone el hecho que aquí no lo hay, pues no se sabe si el reo se fugó por acá, y si los Porteros se hallan inocentes o culpados.
El Sr. Figueroa dijo: que el artículo del Reglamento supone un hecho, y en el caso presente no lo hay, pues solo podría tener lugar la sospecha, por lo que reprobó esta indicación, diciendo que solo se debía reclamar el atropellamiento del oficial.
En este estado la retiro su autor; y se levantó la sesión.
Firmas y Rúbricas
José Ma. Jáuregui, Presidente
Pedro Valdovinos, Diputado Secretario
Alonso Fernández, Diputado Secretario
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Sesión secreta extraordinaria del día 1° de junio de 1824
Habiéndose recibido un oficio del Gobernador en que pide sesión secreta para manifestar personalmente varios asuntos interesantes a la tranquilidad pública del Estado: se le contesto inmediatamente por los secretarios y de orden del Sr. Presidente, que podía presentarse a la hora que gustase para los efectos que indicada; y habiéndolo verificado a cosa de las doce y cuarto, se levantó la Sesión pública para quedar en secreto después de haberse recibido y tomado el asiento que le corresponde conforme al reglamento.
En seguida manifestó dicho Sr. Gobernador que las circunstancias en que se halla en el día la República Mexicana y en particular este Estado, son desagradables y exigen providencias enérgicas para salvar la Patria: que habiendo salido el Sr. Bravo con la fuerza que había, no queda un ejército de reserva para un caso necesario: que las tropas de Puebla se hallaban en continuo movimiento: que las partidas del (…) Gómez se iban engrosando y habían hecho resistencia y aun matado algunos soldados de una División del Sr. Filisola: que el Sr. Villa Escutia, felizmente, existía después del éxito desgraciado de su expediente contra Reguera, quien se hallaba en armas contra el Gobierno, aunque solo tenía cuarenta bonos. Que los llamados Iturbidistas, se alentaban y no perdían la experiencia de que este volviese aunque, ciertamente no lograrían el fruto si tal aconteciera, y finalmente después de referir otros hechos de igual naturaleza, concluyo diciendo, que de todas partes pedían tropas, y esta no la había, pues de lo quedaba la Milicia Nacional, con la que no
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podía contarse, pues además de estar diminuta, se hallaba en el mayor estado de desorden y sin arreglo ; más no habiendo otro recurso, era necesario arreglarla hasta ponerla en estado de poder obras contra las facciones y asegurar la tranquilidad pública: que para el efecto creía de absoluta necesidad se nombrasen dos Comisiones que lo verificasen: punto que había consultado con el ministro de la Guerra con quien estaba de acuerdo, pero que dudando ambos si esto estaba en las facultades del Gobierno del Estado, se habían convenido en que se consultase el punto a este Congreso pidiéndose en el caso de resolución negativa se concedieren otras facultades al Gobierno para lo cual traía una proposición por escrito que dejo sobre la mesa.
El Sr. Presidente contesto: que el Congreso centra toda la amargura que debía causarle el estado de la Patria y conocía al mismo tiempo el origen de sus males que los enemigos de la Nación, poco podrían contra ella si se manifestasen tales cuales son en sí mismos; pero que toman diversas máscaras para engañar a los incautos envolviendo en mil desastres no ya precisamente a este Estado, sino a toda la Federación; pero que a todo lo vencería la constancia, la actividad y energía de las autoridades y que al efecto el Gobierno de México secundaría las providencias de los Supremo Poderes. Que, por lo respectivo a este Congreso, tomaría en consideración sus pérdidas de momento la propuesta del Sr. Gobernador, procurando ajustarse a las facultades que en la materia le concede el Acta constitutiva, y que pondría en manos de su Gobierno cuanto le fuera permitido para la tranquilidad del Estado.
Concluido se retiró el Sr. Gobernador con las (…) de
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estilo, se leyó la proposición que dejo, y dice así. Siendo sumamente peligrosas las circunstancias en que se halla la República Mexicana y principalmente este Estado; el Gobierno opina que el Congreso lo faculte o declare si está en la esfera de sus atribuciones, nombrar dos individuos que revistando la Milicia Nacional establecida, procedan a su perfecto y pronto arreglo, único arbitrio con que puede contarse para remediar los males que nos amenazan, y para hacerla servir a los laudables objetos de su Instituto; señalando el Congreso la cantidad con que halla de acudirse a los Comisionados, durante el tiempo de su Misión, y aprobando los gastos que sea necesario erogar para el logro de este fin. México 1° de junio de 1824= Melchor Múzquiz.
El Sr. Mora dijo: que lo parecía que la 1ª. Parte reducida a nombrar Comisionados, estaba en las facultades del gobernador, y en orden a la 2ª. Opinó pasase a una Comisión para que esta abriese Dictamen, sobre los medios de cubrir los gastos necesarios de que trata dicha proposición.
El Sr. Guerra (D.B.) leyó algunos artículos del Bando por el cual se creó la Milicia Nacional, y fundado en ellos, dijo: que habiendo recaído en el Gobernador todas las facultades de la Diputación Provincial y Jefe político, debía estar a ser cuidado la organización y buena disciplina de dicha Milicia; siendo de los medios para conseguirla el nombramiento de comisionados que pide el gobernador, estaba en sus facultades ordinarias esta providencia: en orden a la 2ª. Parte opinó como el Sr. Mora.
El Sr. Fernández opinó, que por la naturaleza del asunto, los Comisionados que se nombrasen, debían ser Militares: que teniendo sueldo por esta razón, solo habría que aumentarles un costo sobre sueldo por esta razón, solo habría que aumentarles un costo sobre sueldo: que los demás gasto de armamento y municiones, debía ministrados
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el gobierno Supremo, no el del Estado, concluyó pidiendo se hacen presentes estas reflexiones al Gobernador, y se le preguntase en cuanto estimaba el sobre sueldo, para decretar la cantidad necesaria para cubrirlas.
El Sr. Presidente opinó: que como los señores que le precedieron en otra a la 1ª. Parte de la proposición y en orden a los pagos de los sueldos o gratificaciones de los Comisionados, dijo se pidiere a la Tesorería general la cantidad necesaria por el efecto.
El Sr. Cortázar: que no tiene duda que está en las facultades del gobernador el nombramiento de los Comisionados, y que los gastos de otras comisiones deben hacerse; pero que el Gobernador, dar una noticia anticipada de su monto, para que, vistos por la Comisión, se aprueben por este Congreso y se piden en la Tesorería general.
El Sr. Presidente fijo la proposición siguiente. Que se contaste al Gobernador estar en sus facultades el nombramiento de los Comisiones y que, en cuanto a la asignación, forme y remita inmediatamente el presupuesto de ella.
Preguntado si se admita a discusión en el momento, se declaró que sí. El Sr. Figueroa pidió que se leyere el bando de la Milicia Nacional, e hizo ver que por el constaba debían instruir dicha milicia los Jefes del ejército permanente a solicitud de los Ayuntamientos respectivos que siendo esto así, debería solicitar el Gobierno otros jefes del Gobierno Supremo, y solo pensar en el sobresueldo como dijo el Sr. Fernández.
El Sr. Mora dijo: que el Sr. Preopinante no había impugnado, sino explicado la proposición que se discute, pues esta no dice quienes hayan de ser los que deben de instruir esta Milicia, y sí solo que debe haberlos.
El Sr. Cortázar dijo:
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que, aunque el gasto de los Comisionados sea corto, el Congreso debe aprobarlo.
El Sr. Guerra (D.B.) que el Congreso no debe decretar gasto ninguno por carecer de rentas: que estos gastos los debe hacer el Gobierno Supremo, y el Gobierno está de acuerdo con el Ministro de la Guerra sobre este punto.
Los señores Nájera, Mora y Cortázar sostuvieron que el Congreso tenía facultad para decretar estos gastos, aunque no tuviese la administración de sus rentas: que por un decreto del Congreso General debían pagarse todas las sumas, que este Congreso decretase; y que por lo mismo era falso lo que decía de que el Estado no tenía de que disponer.
El Sr. Villaverde extraño mucho se pidiese al Gobernador el presupuesto de gastos secretos, pues este haría públicas las miras del gobierno, y no surtirían el efecto que se deseaba: que a los gastos eran necesarios o no, si lo primero, aunque la cantidad fuera muy grande, se debía hacer ese sacrificio en obsequio del Estado, y su lo segundo no debían hacerse ninguno. Concluyó pidiendo se facultase al Gobernador para que librase contra la Tesorería general la cantidad que estimase necesaria.
Los señores Nájera, Mora, Cortázar, dijeron: que, aunque no se examinase el por menor de las cantidades que necesitaba el Gobernador y debían dársele, el Congreso debería siempre aprobarlas, pues en el sistema representativo el presupuesto de gastos, sea cual fuere, debe ser aprobado y acordado por los cuerpos deliberantes.
El Sr. Presidente presento reformada su proposición en estos términos. Que se contestó el Gobernador estar en sus facultades el nombramiento de los Comisionados para los fines que solicita; y que, en cuanto a la asignación, forme inmediatamente la regulación de
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monto de gastos, y la presente al Congreso para su conocimiento y aprobada.
Declarada suficientemente discutida, se aprobó.
El Sr. Presidente hizo después la siguiente indicación. Que una Comisión consulte las medidas, que estén en las facultades del Congreso, para la tranquilidad del Estado en las circunstancias presentes. Aprobada, fueron nombrados para la Comisión los señores Figueroa, Mora, Villaverde y Guerra (D.B.)
Se levantó la sesión.
Firmas y Rúbricas
Joaquín Ma. Jáuregui, Presidente
Pedro Valdovinos, Diputado Secretarios
Alonso Fernández, Diputado Secretario
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Sesión secreta ordinaria del día 1° de junio de 1824
Leídas y aprobadas las acatas de los días 3° de mayo y 1° de corriente, se dio cuenta con un oficio del Gobernador en que inserta el en que habría el Comandante general haber tomado providencia sobre el ultraje que hizo a este Congreso el Oficial de Guardia de la Inquisición en haber sacado de mano armada, y sin previo aviso, a uno de los Porteros del mismo Congreso se mandó contestar de enterado.
En seguida se dio 2ª lectura al Dictamen de las Comisiones de legislación y gobernación sobre la exposición en que reclama el gobernador la resolución del Congreso acerca de los acontecimientos del Ayuntamiento de Acamixtla, ciudad Barberi, y Juez territorial de Taxco; y puesto a discusión, el Sr. Guerra (D.B.) fundo y esforzó la 1ª. Proposición con la doctrina del Vidaurre (sic.) que hablando de los delitos que pueden cometer los gobernadores, se explica en estas palabras. “Sí se atreviese el Gobernador sin causa formada y sentenciada por Juez Competente a desterrar del pueblo o de la Provincia a algún ciudadano, además de la pena expresada, sufriera del destierro de cuatro años, y pagará el daño civil que resulte en los intereses del individuo ofendido, precediendo la prueba que lo acredite=La verdadera libertad civil del ciudadano, dije en mi primera disertación, consiste en la confianza que tiene en el gobierno y en el cumplimiento de las leyes, si a los jefes de los pueblos se les
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concede la facultad más pequeña contra la seguridad personal, se destruirá inmediatamente esta= La tiranía es lenta en sus principios, según el pensamiento de un filósofo; pero terrible cuando se le ha dejado tomar cuerpo. Árbitros para las capturas y expatriaciones los están en la vida, en el honor y las propiedades. Favoreciéndose del detestable ejercito de delatores formarán procesos y sumaría clandestinos figurado resoluciones, tumultos, traiciones y armadas. El mejor patriota no estaría seguro en la tranquilidad de su hogar, y el soldado que había derramado en la guerra la mitad de su sangre, cuando buscaba el descanso en los brazos de su esposa, hallaría el temible Decreto, de su expatriación con la cláusula de convenir al bien público. No: al bien público que a los malos se les castigue pero que sin el desorden y el abuso mezclen la iniquidad y la inocencia, concluyendo de aquí en que los excesos debían castigarse, sí los cometía el mismo gobernador, porque no debía hacerse distinción de personas, razón porque debía declararse sin juzgar la revocación del acuerdo solicitado por el gobernador.
Aprobada esta primera proposición del Dictamen, siguió la discusión sobre la 2ª reducida a que se manifestase al gobernador el sumo desagrado con que el Congreso ha visto su reclamo y el modo con que ha procurado fundarlo.
El Sr. Mora dijo: que no debía notarse al Gobernador el reclamo, porque en hacerlo no cometió exceso alguno, sino en el modo y término con que lo verificó. Del propio sentir fueron los señores Cortázar y Nájera; y habiéndose adoptado por la Comisión la redacción que hizo el Sr. Mora, sustituyendo a las palabras, con que estaba
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extendida la proposición, las del modo con que ha procurado fundar su reclamo: habiéndose declarado suficientemente discutida quedó aprobada.
En seguida se leyó el voto particular del Sr. Guerra (D.B.) en que opina que debe acompañarse al Gobernador copia del dictamen de las Comisiones porque se penetrará de las razones que tuvieron presentes.
El Sr. Mora dijo. Que no debía en manera alguna acompañarse al Gobernador la parte explicita del Dictamen, porque teniendo como tiene expresiones fuertes, se daría lugar a nuevos reclamos y contestaciones; y que además no le parecía decoroso para el Congreso el que se le diese al Gobernador era especie de satisfacción.
El Sr. Guerra (D.B.) dijo: que el gobernador ha dado bastantes pruebas de que es sostenido, y que si no se le hacen palpar las razones en que se ha fundado el Congreso, insistía en sus ideas, no se moderará y creerá que el Congreso ha vuelto a incidir en las mismas equivocaciones que indebidamente le ha imputado.
El Sr. Nájera expuso: que el Dictamen manifiesta que el Gobernador ha procedido por hacer y que debe ilustrársele por el Congreso que esto nada tiene de indecoroso, y que a su juicio debe pasársele copia del Dictamen, moderando algunas expresiones picantes.
El Sr. Mora dijo: que el Congreso no debe ilustrarlo para el efecto debió el gobernador haber sido al Consejo antes de hacerla observación, por lo que en rigor de justicia no debió hacerse aprecio del reclamo, sino conducirse con la integridad con que en igual caso se condujo la Diputación Provincial, cuyo acuerdo fue cum
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plido por el gobernador a tiempo en que era jefe político.
El Sr. Guerra (D.B.) después de haber explicado las ocurrencias que hubo entre el Jefe Político y la Diputación Provincial, dijo que el Gobernador uso en su observación de expresiones poco comprendidas, y no era de omitirse por lo mismo la Copia del Dictamen.
El Sr. Mora expuso: que pulsaba el inconveniente de que al Congreso le era indecoroso dar satisfacción; y que nada más correspondía a su dignidad que tomar providencia y comunicarla al Gobernador.
El Sr. Nájera contesto: que no se ha pensado en satisfacer, sino en ilustrar al Gobernador, y que no podía degradarse, el Congreso por la (…) de la copia.
El Sr. Mora insistió en que es manifestarle los fundamentos que se tuvieron presentes para la deliberación del Congreso, era una verdadera y formal satisfacción, muy ajena e impropia una asamblea legislativa.
Declarada suficientemente discutida la proposición, se puso a votación y empatadas, se reservó para la primera sesión secreta.
En seguida propuso el Sr. Fernández la duda en que estaba de si las actas secretas podía sacarlas en limpio alguno de los oficiales dependientes de la Secretaria o debían precisamente hacerlo los Señores Secretarios.
El Sr. Valdovinos contesto: que en las de rigores secretos, debían tomarse ese trabajo los señores secretarios.
El señor Nájera fue de sentir, que no había inconveniente, en que las ponga en limpio uno de los Dependientes, encargándoles el Secreto como lo hacían los Inquisidores.
El Sr. Mora
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dijo: que no debía tenerse confianza de ningún oficial. Los señores Cortázar y Villaverde: que en todos los cuerpos hay dependientes a quienes se encargan estos trabajos para reservados que sean, y que no hay necesidad de imponer ese nuevo gravamen a los señores Secretarios.
El Sr. Guerra (D.B.) convino en los mismo, fundado en que hay Ley así que impone pena a los oficiales o dependientes que no guarden el correspondiente secreto.
El Sr. Cásela: que siempre debían hacerlo los Secretarios en los asuntos reservados (…).
Puesta a votación, se resolvió que los señores Secretarios pueden valerse de uno de los Dependiente de la Secretaría para que pongan en limpio las actas secretas.
Se levantó la sesión.
Firmas y Rúbricas
Mauricio Tamariz, Presidente
Alonso Fernández, Diputado Secretario
Pedro Martínez de Castro, Diputado Secretario
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Sesión secreta ordinaria del lunes 14 de junio de 1824
Leída y aprobada el acta de la última sesión secreta, se dio cuenta con un oficio de D. Manuel Reyes al que acompaña una copia de la exposición que dirige al Soberano Congreso General con el objeto, según expresa de dar una satisfacción a su patria en su anterior conducta en la proyectada conspiración, sí (…). Nada había acordado en este particular, e iba a tomarse en consideración otro diverso asunto, pero a reclamo de los señores Cortázar, Valdovinos y Jáuregui porque se dé diese resolución, apoyado el último su opinión en la reflexión de que se omitía, podrán divulgar la sedición que se han puesto en comunicación con este Congreso, y logrado su apoyo y la aprobación de sus ideas por el hecho solo a no advertir procedencia alguna consiguiente a la exposición que hoy ha recibido: preciso para precaver estos resultados que declare el Congreso que no tenía en consideración la exposición de Reyes y que pase esta por conducto del Gobernador al Supremo Poder Ejecutivo para lo que importe.
El Sr. Mora se opuso diciendo que acordaba tal medida, podría entenderse que el Congreso había prestado su atención a un negocio que no la merece de ninguna manera.
El Sr. Jáuregui replicó, que ha fundado lo contrario a saber, que tal presunción, o llámese importuna, refluiría contra el Congreso si nada absolutamente resolviera en el caso y que su opinión padecería, sino se diese parte con esta represen
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tación al Supremo Gobierno.
El Sr. Nájera expuso. Que debe declararse previamente, si eso no de tratarse este asunto en sesión secreta; pidió se hiciese desde luego esta declaración.
El Sr. Martínez de Castro dijo: que su señoría se había calificado de secreto, vista la irrespetuosidad con que se produce contra las Supremos Poderes y que denigra la buena opinión de otros sujetos particulares.
El Sr. Jáuregui manifestó: que tan claro es para su señoría que este negocio es de sesión secreta que no halla en que pueda fundarse una duda en contrario.
El Sr. Nájera: que no opina de otro modo, aunque bien fundiera fundarse lo contrario con las mismas razones con que se ha apoyado la opinión que sigue; pero que la declaración previa que ha pedida es de Reglamento.
Habiéndose declarado que se viera en sesión secreta: el Sr. Jáuregui dijo: sosteniendo su indicación: que el mal principal que ha querido se evite tomándose su consideración este negocio; en el desconceptúo del Congreso para con el Supremo Poder Ejecutivo, y por esto ha propuesto que se remita a S.A. original la representación de Reyes
El Sr. Nájera impugnó la indicación haciendo voz que cualquiera imputación contra el Congreso, por el hecho solo de no pasar al Supremo Gobierno la exposición de Reyes, sería impuesta, y sumamente imperioso al mismo Congreso, que solo por esto lo creyere reducida el Supremo Poder Ejecutivo. Pidió que se instruyese por quien y como había recibido aquel papel. El