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Decreto de 2 de octubre de 1823, que autoriza al gobierno a detener sin distinción de fueros, a toda persona sospechosa de querer perturbar la tranquilidad pública y entorpecer la reunión del futuro Congreso. s.p.i. 1 h.
Decreto de 2 de octubre de 1823, nombrando para la diputación permanente a Rafael Mangino, José Ignacio Espinosa, José Miguel Guridi y Alcocer, Manuel Argüelles, José María Cabrera, Florentino Martínez y Félix Osores y como suplentes a Cayetano Ibarra y a
Decreto de 6 de octubre de 1823, que da el reglamento sobre el papel sellado. s.p.i. 1 h.
Decreto de 7 de octubre de 1823, que permite a los extranjeros la habilitación de minas quedando sujetos a las ordenanzas para el laborío de minas y beneficio de los minerales. s.p.i. 1 h.
Decreto de 8 de octubre de 1823, que declara la continuación de la guerra con España, el bloqueo de la fortaleza de San Juan de Ulua y que establece medidas hostiles contra los buques y las mercancías españolas. s.p.i. 1 h.
Decreto de 8 de octubre de 1823, que declara exentos de derechos por diez años los plantíos de café, cacao, viñas y olivos; la seda cosechada en el país, el lino, cáñamo y cera de colmenas.
Decreto de 8 de octubre de 1823, que declara exentos de derechos por diez años el algodón de semilla extranjera y la lana. s.p.i. 1 h.
Decreto de 11 de octubre de 1823, que autoriza al gobierno a exigir a todas las provincias el numero de reclutas necesarios para completar el numero de batallones. exceptúan a las provincias internas de oriente y occidente. s.p.i. 1 h.
Decreto de 11 de octubre de 1823, que manda que las causas de los detenidos por sospechosos de intentar perturbar la tranquilidad publica, pasen a los jueces o tribunales que deban conocer de ellas. s.p.i. 1 h.
Decreto de 13 de octubre de 1823, que autoriza provisionalmente a todos los colegios del país establecer cátedras de derecho natural, civil y canónico bajo las reglas dadas al Seminario de Valladolid. s.p.i. 1 h.
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